Aplique el interés de demora a las operaciones comerciales
En caso de impago, la Ley de lucha contra la morosidad permite al acreedor reclamar intereses de demora. Este interés, a falta de pacto, está fijado por la ley (para el primer semestre natural de 2024 es del 12,50%). El interés de demora de la normativa de morosidad se aplica a pagos entre empresas, o a entre empresas y la Administración En caso de impago, la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales prevé el devengo de intereses en los impagos de este tipo de operaciones.
Aplique el interés de demora a las operaciones comerciales Leer más »

